
Aunque cualquier cosa puede ya encontrarse en el internete, Mujerárbol no deja de interesarse por las cualquiercosas de la Irlanda antigua.
Hoy me vino a la memoria la vieja costumbre del troscad, modernizado como «huelga de hambre», de las que, por cierto, la Irlanda de los años 70 guarda cierta memoria histórica bien real.
En la época medieval, esa «huelga» era otra cosa, y las dos partes implicadas tenían un peso distinto al que el hecho tiene en la actualidad: no se trataba de ciudadanos manifestándose contra un estamento político o un gobierno, sino de algo más viejo: un individuo contra otro de mayor rango social.
Se trataba de un mecanismo legal que obligaba al de rango superior a acceder a las peticiones de el de rango inferior, para lo cual éste ayunaba delante de su casa.
Parece ser que el asunto tenía ciertas reglas, como el que un juez o un experto legal pudiera mediar y sancionar si el asunto se ponía negro y también que estaba reglado el tiempo que se debía ayunar (desde la puesta de sol hasta el siguiente amanecer) cosa la cual limita bastante nuestra percepción del asunto, agrandada más por el impacto de la improvisada traducción («huelga de hambre») que por la tradición.
En sí, el recurso principal de la parte demandada era garantizar justicia al demandante mediante un «seguro» (rath), o bien entregando algún bien doméstico al ayunador (como garantía de dicha justicia). Pero si ésta minucia se eludía por parte del superior, o si éste no ayunaba en contraparte, la cosa podía ir a mayores. Normalmente, el caso caducaba automáticamente cuando el superior entregaba cualquier prenda o seguro al «huelguista». Pero si no lo hacía y no ayunaba también, debía pagar el doble de lo que se demandaba.
Por supuesto, si el demandante se llevaba algo de la propiedad del demandado, el caso caducaba y cambiaba, aunque según Fergus Kelly algunas fuentes indican un periodo de tres días para que se arreglase el asunto mediante prenda.
Como cosa curiosa, si el demandado tenía un «sustituto legal» (un tipo del que hablaremos en otro momento) el demandante podía llevarse alguna propiedad de éste sustituto y no del demandado original. Y si el demandado se oponía a satisfacer al demandante que llevaba a cabo un ayuno justificado, podía perder su estatus legal, desapareciendo su derecho a recibir compensación por ofensas posteriores que se cometieran contra él.
Y ya para rematar curiosidades, en caso de que el demandado fuese un clérigo ordenado o un superior monástico, ni siquiera podía asistir a Misa o recibir los Sacramentos si se ayunaba contra él, hasta que accediera a hacer justicia. Lo cual demuestra que el troscad alcanzaba el ámbito espiritual además del material.




